El autor debe conocer los elementos objetivos integrantes del tipo de injusto. Cualquier desconocimiento o error sobre la existencia de algunos de estos elementos repercute en la tipicidad porque excluye el dolo. Por eso se le llama error de tipo. El error sobre cualquier otro elemento perteneciente a otras categorías distintas al tipo (error sobre los presupuestos de las causas de justificación, error sobre la antijuricidad, culpabilidad o penalidad) carece de relevancia en la tipicidad. El error de tipo, igual que el elemento intelectual del dolo, debe referirse, por tanto, a cualquiera de los elementos integrantes del tipo, sean de naturaleza descriptiva (cosa, explosivo) o normativa (ajena, documento). Respecto a estos últimos, basta con que el autor tenga una valoración paralela en la esfera del profano para imputar el conocimiento del elemento normativo a título de dolo. Leer más
Fuente: Abog. Dr. Álvaro Figueira Gomes
Algunos agregados del Abog. Roger López
Peligrosamente nuestros legisladores han tipificado como delitos conductas que anteriormente eran sancionadas por otras ramas del derecho, como el derecho administrativo o el derecho civil, e incluso el tributario. La modernidad del derecho penal, ha resquebrajado el principio de mínima intervención, la desesperación del Estado, por regular la conducta social, ha llevado a olvidarnos por completo de esta figura y a resbalar en la creación de tipos penales sin valorar el bien jurídico afectado. Leer más
A principios de esta semana, la prestigiosa revista médica JAMA Pedriatrics perteneciente a la Asociación Médica Estadounidense publicó un informe elaborado por médicos de la Universidad de Vanderbilt (Nashville, EE.UU.) sobre las operaciones de cambio de género en menores de edad.
Se trata de “la investigación más grande hasta la fecha” en torno a esta práctica que, según muestra el estudio, es de todo menos médica. (más…)
La mayor investigación en cambio de género: cientos de niñas menores de 12 años son mutiladas al año
Por Abog. Roger López
A fin de promover el estudio e interés por las Ciencias Penalìsticas, he actualizado el presente artículo publicado por vez primera el 18 de mayo de 2021, en base a la novísima Sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia N° 283° de fecha 13 de octubre de 2022,según la cual:
“…la actuación del Ministerio Público y del Tribunal de Control en la audiencia preliminar, al haber presentado y validado respectivamente, un cambio de calificación jurídica en ocasión de nuevos hechos y pruebas surgidas posteriormente a la presentación de la acusación, sin que se hubiese presentado por escrito una nueva acusación, a fin de advertir expresamente al imputado de tal situación, violentaron y menoscabaron la garantías constitucionales…” (más…)
¿Doble Acusación e Imputación en un mismo proceso?.
Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
Veamos que tan altos son tus conocimientos
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