Noticias mensuales febrero 2023

PorProf. Roger López

¿Obediencia Legítima o Debida?

Aunque el Código Penal Venezolano los trata como causa de justificación, es decir, hacen del hecho conforme a derecho, sin embargo, la Obediencia Debida -como se observa en el vídeo-, presupone el cumplimiento de una orden ilícita que puede ser provocada bien, por un error de prohibición invencible o, inclusive, por una situación de no exigibilidad de otra conducta (estado de necesidad), todo lo cual, excluiría únicamente la culpabilidad, subsistiendo en consecuencia, el injusto penal, es decir, la acción antijurídica y, con ello, las responsabilidades civiles derivada de delito.

PorProf. Roger López

Neurociencias: el futuro del Derecho Penal (vídeo).

Gerardo Laveaga es abogado por la Escuela Libre de Derecho. Realizó estudios de posgrado en University of London y es maestro en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana de la Ciudad de México. ¿Cuál es el futuro del derecho penal? Gerardo Laveaga nos habla de cómo la manipulación de los neurotransmisores podría cambiar radicalmente la forma en la que se imparte justicia. Abogado por la Escuela Libre de Derecho. Realizó estudios de posgrado en University of London y es maestro en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana de la Ciudad de México. Ha sido profesor en numerosas universidades mexicanas, como en el Instituto Tecnológico Autónomo de México, la Universidad La Salle o la Universidad Iberoamericana. Ha desempeñado varios cargo públicos como la presidencia del IFAI (hoy INAI), la dirección general de del Ministerio Público en lo Familiar y Civil o la dirección general de Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la PGR. Asimismo, ha escrito numerosas novelas, ensayos académicos y dramaturgia. This talk was given at a TEDx event using the TED conference format but independently organized by a local community.

PorProf. Roger López

Libros de Derecho Penal.

Obras Penales publicadas en el Grupo Wasap ActualidadPenal (cuyo autor no recuerdo). Este Post es pago.

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PorProf. Roger López

Validez de los documentos de venta de vehículo sin registrar en el INTT.

El caso que les traigo a colación, versó sobre una demanda de cumplimiento de un contrato verbal de opción a compra de un inmueble, constituyendo el elemento fundamental de dicha acción, recibos de pago en abono a la obligación contraída verbalmente y documento privado de venta de un vehículo como forma de pago de una de las cuotas acordadas en la negociación de la opción a compra…resultó determinante para la solución de la causa establecer si la dación en pago del vehículo fue válida y si hubo realmente transmisión de la propiedad…el demandante como prueba de cumplimiento de la obligación de pago del saldo restante de la negociación, a pesar de haber  presentado junto con el libelo copia simple del documento privado debidamente autenticado donde da en venta el vehículo  que lo acredita como comprador, no posee título idóneo otorgado por el organismo público encargado del Registro Nacional de Vehículos, que demuestre su propiedad, ni tampoco se evidenció que su vendedor hubiere efectuado la notificación a la que se refiere el artículo 38 de la referida ley, por lo que el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara resolvió en que este último era a quien debía tenerse como propietario del citado vehículo conforme a la legislación vigenteEn fin, la sentencia impugnada mediante la acción de amparo constitucional desacreditó la validez del documento autenticado de venta de un vehículo, por no poseer la parte actora título idóneo otorgado por el organismo público encargado del Registro Nacional de Vehículos que demostrara su propiedad y, porque además, tampoco se constató que el vendedor del mismo haya efectuado la notificación a la que se refiere el citado artículo. Veamos entonces, que resolvió al respecto la Sala Constitucional (ver texto íntegro en la SSC-TSJ n 020 del 11/02/2022). Leer más

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