El delito como acción antijurídica. Las causas justificación: La legítima defensa, el estado de necesidad, el cumplimiento de un deber y el ejercicio legítimo de un derecho.

Prof. Roger LópezPoreykelberth bernal

El delito como acción antijurídica. Las causas justificación: La legítima defensa, el estado de necesidad, el cumplimiento de un deber y el ejercicio legítimo de un derecho.

eykelberth bernal

República Bolivariana de Venezuela.
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Pontificia Universidad Católica Santa Rosa.
Unidad curricular: Derecho Penal I.
Caracas, 05 de marzo de 2026.

El delito como acción antijurídica. Las causas justificación: La legítima defensa, el estado de necesidad, el cumplimiento de un deber y el ejercicio legítimo de un derecho.

Docente. Roger López. Estudiante:
Eykelberth Bernal.
Cédula: V.-28.434.369.
Sección: N02A.
Sede: Principal, Sabana blanco, sector los mecedores, municipio Libertador, Distrito Capital.

Introducción.
El análisis del delito como acción antijurídica logra generar una dinámica fácil de manipular para determinar y encajar cuales conductas o comportamiento humanos son contrario al ordenamiento jurídico que agreden el bien común, dándole una valoración judicial definiendo un marco limitativo de lo que es socialmente aceptable y lo que no (estructura del delito), generando confiabilidad en el sistema de justicia y más cuando en algunas inciden unas causas de justificación donde la tarea se vuelve más complicada para precisar la culpabilidad y al sujeto.

El delito como acción antijurídica.
Es una conducta o acto que contradice las normas del ordenamiento jurídico de un estado que pone en peligro o lesiona un bien jurídico la cual se le da un juicio de valor por no estar acorde a derecho, muy distinto a la acción típica que es el indicio del que pueda ser. Este permite determinar si es susceptible de ser sancionado no solo por la vulneración de la norma si no con un análisis profundo del comportamiento para que sea considerado antijuridico, debe cumplir una serie de requisitos indispensables, tales como:
1.- Previamente debe existir una norma que prohíba expresamente la conducta, que sea vigente y accesible a la colectividad.
2.- Realización del acto u omisión que se oponga a la norma debe ser concreto y verificable, no basta con la intención para considerarse antijuridico.
3.- Si en el acto se encuentran presente una de las causas de justificación, no será considerado antijuridico, es crucial para evitar la sanción de conductas que, a pesar de contradecir la norma, son socialmente aceptadas y necesarias en determinadas circunstancias.
La antijuridicidad es necesario que se genere en sus dos clases la formal, que se refiere a la simple infracción de una norma jurídica; y la antijuridicidad material, que considera el impacto social y el daño generado por el acto, pero ambas tienen un punto de encuentro que es la valoración sea para dar con un encaje legal o la incidencia de alguna de las causas de justificación. En fin, se puede observar que la acción antijuridica es elemento esencial en la estructura del delito, uno ejemplos sencillos podría ser los siguientes:
Acción antijuridicidad formal = Prohibido cruzar con el semáforo en color rojo (acarrea una multa de tránsito).
Acción antijuridicidad material = Cruzar con el semáforo en color rojo y de la nada sale un transeúnte al cual atropella. (juicio penal/civil por lesiones o homicidio).
Las causas justificación:
Son situaciones donde ocurre una conducta o acto antijuridico reconocida por el derecho, la cual excluye volviéndola licito, es decir, excepciones que autorizan, bajo ciertos requisitos, la realización de actos generalmente prohibidos debido a que se busca proteger un bien jurídico, así lo define García Percy (2021).
La legítima defensa.
Ejecución de una conducta de reacción para repeler o impedir una agresión real, actual o inminente, e ilegítima, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, existiendo necesidad racional de defensa y de los medios empleados de forma proporcional lo cual no exonera de responsabilidad civil o penal.
Para que se aplique la legitima defensa debe de haber los siguientes requisitos:
1.- La agresión debe ser real e inminente contra la persona, no aplica si fue en un pasado o si ceso la agresión que se estaba recibiendo (se puede considerar como venganza).
2.- La auto respuesta o reacción ante la agresión debe se racional y proporcional para frenar el ataque, sin excesos innecesarios (es tomar los medios menos lesivo que el que está aplicando el agresor, de no hacerlo cae en el error de extensión de eximente defenderse de cualquier forma sin tomar en cuenta los limites).
3.- Falta de provocación: Que el acto organizado por el agresor sea ilegitimo, es decir, sin previa provocación de parte de la víctima, para que no que dé lugar a dicha agresión.
4.- Ausencia de alternativas: Refiere a evitar, escapar, huir o pedir ayuda una agresión real, actual e inminente como alternativa más razonable y menos lesiva como defensa.

El estado de necesidad.
Es el daño o puesta en peligro un bien jurídico determinado con el objetivo de salvar otro bien jurídico de igual o mayor, siempre y cuando el mal causado sea menor que el que se intenta evitar, no exista otro medio y no haya sido provocada la situación. En este se van a observar unos requisitos esenciales para concretar que existe estado de necesidad:
1.- Presencia de un peligro presente e inminente.
2.- No existencia de provocación de causa la situación.
3.- Debe ser Inevitabilidad el medio (único) en este caso el bien ajeno que se va usar para evitar el mal.

El cumplimiento de un deber.
Es la exoneración de responsabilidad de la conducta de una persona la cual le recae la obligación de actuar, así este lesione o dañe un bien jurídico de un tercero, esto por obrar en cumplimiento de un deber o investidura del estado sea oficio, cargo o profesión, para ello deben concurrir los siguientes requisitos:
1.- Actuación bajo la existencia de una norma que lo consagre como deber jurídico.
2.- Que tenga el ánimo (virtud) de cumplir con el deber dentro de los parámetros establecidos.
El ejercicio legítimo de un derecho.
Es el ejercicio de una facultad que nos concede una norma o el estado para efectuar una acción dañosa, pero a su vez legitima siempre y cuando sea racional el medio empleado esto puede ocurrir en un ámbito profesional, laboral, deportiva o familiar.
1.- Limitado para que no se abusó de este derecho con fines de interés propio.
2.-titularidad del derecho: fundamentado en una norma jurídica, credencial o título que excluya la responsabilidad penal, que permite a las personas efectuar ciertas acciones en ciertos escenarios ejemplo funcionarios de entes públicos tiene el uso legítimo de la fuerza, abogado denuncia para embargo, médicos intervenir quirúrgicamente, entre otros.
Conclusión.

En conclusión, la existencia del delito como acción antijuridica y las causas de justificación articulan un buen filtro de selección conductas con contarías y cuales no que ocurren en sociedad, muy bien se sabe que por un lado intenta verifican y se legitiman reacciones para resguardar la vida, integridad y propiedad por el otro lado quienes incurren en acciones similares para el cumplimiento de su deber, profesión u oficio diarios, sin que estos sean sometidos a procesos judiciales sin sentido, al menos que se compruebe lo contrario. Llegándose a determinar de qué es una garantía dentro de la estructura del delito.

Bibliografía.
Código penal venezolano (2005) Gaceta oficial Nro. 5.768.
Garcia Percy (2021) La antijuridad. Disponieble en:https://content.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/Derecho-Penal-Parte-General-Percy-Garc%C3%ADa-Cavero-3-1.pdf. Consultado en fecha: 01/03/2026.
Gonzalez A (2022) Dexia abogados: ¿Qué son las eximentes incompletas?. Dispobible en: https://www.dexiaabogados.com/. consultado en fecha: 01/03/2026.
Dueñas R (2024) Lexenlace: La antijuridicidad en el derecho penal: Conceptos, tipos y relevancia en el sistema jurídico. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es. Consultado en fecha 01/03/2026.
Wikipedia (2024) Antijuridicidad. Disponible en: https://es.wikipedia.org/. Consultado en fecha 28/02/2026.
Ortega E (2025) El incorruptible: La Antijuridicidad en el Derecho Penal: Concepto, Teorías y Causas de Justificación. Disponible en: https://elincorruptible.com/. Consultado en fecha: 01/03/2026.

Sobre el autor

Prof. Roger López

eykelberth bernal administrator

Ex-asesor Jurídico del Magistrado Presidente del Circuito Judicial Penal Militar. Corte Marcial, Caracas. Abogado Mención Magna Cum Laude. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas. Especialista en Ejercicio de la Función Fiscal Mención Honorífica Suma Cum Laude. Egresado del Programa de Formación Para el Ingreso a la carrera Fiscal ( Escuela Nacional de Fiscales del MP). Investigador y Conferencista. Litigante. Consultor Penal. Docente pre y postgrado. Telfs.: +58 (0412)973.30.05/(0414)320.11.86 roger@actualidadpenal.net

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