Los ordenamientos jurídicos contemporáneos consideran que los animales no humanos no pueden responder por sus “actos” porque carecen de conciencia moral. En términos penales decimos que no tienen capacidad de acción.
En todo caso puede juzgarse al propietario, pero mandar al banquillo de los acusados a los animales no humanos y someterlos a un asfixiante juicio con abogados, peritos y jueces es impensable. Sin embargo, aunque parezca jalado de los cabellos, en la edad media era una práctica corriente. El portal La piedra de Sísifo nos cuenta la triste historia del ajusticiamiento de una célebre marrana francesa: la cerda de Falaise. Leer más
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Roger José López Mendoza Espcialista en Derecho Penal. Docente Universitario. | ||||||||||||
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Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
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