MÀXIMA. – Mediante sentencia 127 del 15/10/2021, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, estableció que el acto de imputación formal tiene un carácter personalísimo, es decir, requiere la presencia física del investigado, con lo cual, se garantiza sus derechos constitucionales a lo largo y ancho del proceso penal. No obstante, la legitimidad para interponer recursos, acciones o solicitar el avocamiento de su causa, presupone que se encuentre a derecho.
PRIMERO.- Hoy, con ocasión a la reciente Ley Orgánica de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en Gaceta Oficial Nº 6.644 Extraordinario, de fecha 17 de septiembre de 2021, los derecho y garantías aludidos en el fallo, nacen antes del acto de imputación formal, por cuanto, la denominación o cualidad de imputado se adquiere, según el reformado artículo 126, en los siguientes términos: Leer más
El reciente II Congreso de derecho digital de la Asociación de Expertos Nacionales de la Abogacía TIC (ENATIC), celebrado en Madrid, ha permitido el análisis de los problemas más relevantes que las tecnologías de la información y la comunicación plantean en el ámbito jurídico, de los que reseñamos sus diez aspectos más relevantes.
Presentamos a continuación una relación de los diez más significativos.
La relevancia de una profesión en la sociedad, depende de que sepa estar a la altura de los desafíos de su tiempo. Y, hoy por hoy, los abogados no están a la altura del mundo digital y científico, que es el que propicia los cambios que caracterizan nuestro tiempo.
Así lo puso de manifiesto Antonio Garrigues Walker en su intervención, en la que subrayó la necesidad de que los abogados no permanezcan alejados de los cambios que caracterizan esta época y de que se esfuercen por identificar y conocer sus implicaciones jurídicas.
Temas como la responsabilidad por el uso de coches automatizados o drones, la manipulación genética, la ciberciudadanía y la ciberdelincuencia, la internet de las cosas, la nanotecnología o la titularidad del cordón umbilical, requieren una combinación de conocimientos jurídicos y científicos para los que los juristas necesitan la colaboración de otras ramas del saber. Se requieren técnicos que expliquen los problemas y un debate multidisciplinar sobre sus consecuencias.
Sin embargo esa adaptación a esta nueva época no debe hacer olvidar a los abogados dos datos fundamentales: por un lado, que el cambio es permanente, que después de esta época de cambios vendrá otra en la que mucho de lo que hoy parece modernísimo será considerado anticuado. Y, por otro, que lo esencial de la actividad del abogado es el ser humano, cuyos anhelos, deseos, preocupaciones y problemas básicos seguirán siendo los mismos.
El progreso es un avance hacia la complejidad, pero los abogados deben afrontar ese avance sin cometer el error de creer que por comunicarnos de una manera diferente, somos mejores que los de épocas anteriores. Leer más
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Roger José López Mendoza Espcialista en Derecho Penal. Docente Universitario. | ||||||||||||
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Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
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