Mi plan de gestión implementará auditorías técnicas permanentes y sistemas de control que garanticen que cada decisión esté pegada al expediente y no al bolsillo de nadie. Seremos implacables contra la corrupción interna, porque para exigir transparencia afuera, debemos ser impecables por dentro. Devolveremos el orgullo de portar la credencial del Ministerio Público, asegurando que solo los mejores, los más honestos y los más capaces, lideren la acción penal. La justicia es un servicio, no un negocio. Es hora de limpiar la institución para sanar la justicia.
Postulación al cargo de Fiscal General de la República.
Les comparto y abro el espacio académico para sus observaciones constructivas, el siguiente Postcast donde comento aquellas reiteradas sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, según las cuales, está prohibido el otorgamiento de medidas cautelares menos gravosas a la prisión preventiva y de fórmulas alternativas al cumplimiento de penas en delitos de lesa humanidad (tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en cualquiera de sus modalidades y otros tipos penales previstos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre otros), por cuanto pudieran conllevar a la impunidad, pues brindan la oportunidad al procesado de ausentarse en el juicio penal. Sentencias números 91°, de fecha 15 de marzo de 2017/677°, publicada el 12 de mayo de 2025.
“la criminalística no miente y no sólo es para acusar sino también para la defensa. Quienes podemos llegar a mentir somos quienes interpretamos las evidencias físicas en el campo criminalístico”.Leer más
RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN VENEZUELA.
DOUGLAS ALFREDO VILLARREAL.
C.I: V.-6.192.359.
SECCIÓN: N03A.
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA.
FACULTAD DE DERECHO.
CÁTEDRA: DERECHO PENAL I.
CARACAS.
2024.
Profesor: Roger J. López M
INTRODUCCION
En Venezuela existe la discusión doctrinaria sobre si las personas jurídicas deben ser responsabilizadas penalmente o si no deben serlo, pero esto no ha sido obstáculo para que se haya establecido tal responsabilidad en un número importante de leyes. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia también ha aceptado la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Sin embargo, no se ha regulado cómo se ejecuta en la práctica tal responsabilidad. Por su parte, el sector empresarial, que desconoce aspectos técnicos sobre esta materia, se siente intimidado porque considera que hay muchas leyes que perjudican al sector privado, lo cual incide en sus decisiones de negocios. Se ha debatido sobre la posibilidad de responsabilizar penalmente a las personas jurídicas, es decir, sostener la responsabilidad penal de empresas, corporaciones, fundaciones y asociaciones. Esto tiene importantes consecuencias prácticas, y se discute si las acciones de un órgano de una persona jurídica pueden considerarse como una acción de la misma. El tema de la responsabilidad penal de las personas jurídica es un tema polémico y complejo, la doctrina jurídica lo discute, las decisiones legislativas y judiciales contribuyen a plantearlo como problema. Las empresas, al menos las de cierta importancia, son personas jurídicas, y las decisiones que se tomen en el sistema jurídico tienen un impacto en el manejo de éstas y, en general, en la economía y la sociedad. Leer más
Entrevista al cargo de Fiscal General de la República de Venezuela