Nuevo criterio vinculante sobre el Sobreseimiento y la Imputación Formal.

PorProf. Roger López

Nuevo criterio vinculante sobre el Sobreseimiento y la Imputación Formal.

RESUMEN: De la exégesis de lo decidido pareciera que el fiscal del Ministerio Público tendrá que continuar investigado hasta que el juez decida en sentido contrario, o al menos, hasta que se suprima lo dispuesto en el artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, norma rectora que dispone las competencias del Ministerio Público.

MÁXIMA.- Sobreseimiento.  Se establece en forma temporal un régimen procesal transitorio, referido a la señalada suspensión, esto es, que no decretado el sobreseimiento, el Juez debe ordenar al Ministerio Público continuar con la investigación, sin perjuicio de su autonomía para concluir la investigación nuevamente (ver sentencias n° 1335 del 4 de agosto de 2011, caso Mercedes Ramírez y n° 1405 del 27 de julio de 2004, caso Pérez Recao). Por tal motivo, el artículo 305 antes señalado debe leerse de la siguiente manera: “Presentada la solicitud de sobreseimiento, el Juez o Jueza la decidirá dentro de un lapso de cuarenta y cinco días. La decisión dictada por el Tribunal deberá ser notificada a las partes y a la víctima aunque no se haya querellado”.

MÁXIMA.- Imputación formal.Se establece con carácter  provisional, que toda persona investigada por la presunta comisión de algún hecho punible o aprehendido en flagrancia, obtendrá la condición de imputado(a) una vez haya sido informado por parte del Ministerio Público ante su defensor de confianza o público si no lo tuviere, en la sede del órgano jurisdiccional penal competente.

MÁXIMA.- Investigado. Se considerará como “investigado” y no como “imputado”, hasta que se cumplan los requisitos señalados supra

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Sobre el autor

Prof. Roger López administrator

Ex-asesor Jurídico del Magistrado Presidente del Circuito Judicial Penal Militar. Corte Marcial, Caracas. Abogado Mención Magna Cum Laude. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas. Especialista en Ejercicio de la Función Fiscal Mención Honorífica Suma Cum Laude. Egresado del Programa de Formación Para el Ingreso a la carrera Fiscal ( Escuela Nacional de Fiscales del MP). Investigador y Conferencista. Litigante. Consultor Penal. Docente pre y postgrado. Telfs.: +58 (0412)973.30.05/(0414)320.11.86 roger@actualidadpenal.net

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