RESUMEN: La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 11/02/2021, ratificó el criterio y valor probatorio de las constancias de residencias emanadas de los consejos comunales, conforme a el artículo 29, numeral 10 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, dejando sentado que conforme a la naturaleza jurídica de los consejos comunales “son instancias esenciales integradas al marco constitucional de la democracia participativa y protagónica de participación, para la articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social (ex artículo 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales)”. Leer más
La Legítima Defensa Vs Estado de Necesidad. (54.721)
Separación de Cuerpos y Bienes Con Apoderado Judicial. PREMIUM. (46.511)
Régimen aplicable a la Prisión Preventiva: SSC-TSJ N° 526° y 857°. (44.151)
La Admisión de los Hechos Vs el Cambio de Calificación Jurídica en fase de juicio oral. (36.364)Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
Veamos que tan altos son tus conocimientos
Question
Your answer:
Correct answer:
Please wait..
↺Your Answers
Más que un servicio, te ofrecemos experiencia.