Elementos de la culpabilidad

Prof. Roger LópezPorAngela Romero. Roqgley Briceño. Aleanny Rodriguez

Elementos de la culpabilidad

Angela Romero. Roqgley Briceño. Aleanny Rodriguez

INDICE
Introducción ……………………………………………………………………………………………………….3
Imputabilidad o capacidad de culpabilidad………………………………………………………………4
Conocimiento de la antijuricidad del acto………………………………………………………………..6
La pena y su medida…………………………………………………………………………………………….8
Circunstancias modificativas de la R.P…………………………………………………………………..11
Agravantes de la Culpabilidad………………………………………………………………………………13
Conclusión…………………………………………………………………………………………………………24
1. IMPUTABILIDAD O CAPACIDAD DE
CULPABILIDAD.
La culpabilidad se basa en que el autor de la infracción
penal, del hecho típico y antijurídico, tenga las facultades psíquicas y físicas mínimas
requeridas para poder ser motivado en sus actos por los mandatos normativos. Al
conjunto de estas facultades mínimas requeridas para considerar a un sujeto culpable
por haber hecho algo típico y antijurídico se le llama imputabilidad o, más
modernamente, capacidad de culpabilidad.Quien carece de esta capacidad, bien por no tener
la madurez suficiente, bien por sufrir de trastornos mentales, no puede ser
declarado culpable y, por consiguiente, no puede ser responsable penalmente
de sus actos, por más que éstos sean típicos y antijurídicos. El concepto de
imputabilidad o de capacidad de culpabilidad es, pues, un tamiz que sirve para
filtrar aquellos hechos antijurídicos que pueden ser atribuidos a su autor y
permite que, en consecuencia, éste pueda responder de ellos. Históricamente,
la exigencia de la imputabilidad aparece como una limitación de la
responsabilidad penal. Pronto se observó que los niños y los enfermos
mentales no podían ser tratados como los adultos o los aparentemente sanos
mentalmente.
La pena para ellos era una institución inútil y
debía ser sustituida por otras medidas (reformatorios, manicomios, etc.) que,
en la práctica, tenían el mismo carácter de control social que la pena, pero que
teóricamente no tenían el mismo sentido punitivo. Aunque esto parece hoy
evidente no son, sin embargo, tan claros la razón y el fundamento de por qué

Sobre el autor

Prof. Roger López

Angela Romero. Roqgley Briceño. Aleanny Rodriguez administrator

Ex-asesor Jurídico del Magistrado Presidente del Circuito Judicial Penal Militar. Corte Marcial, Caracas. Abogado Mención Magna Cum Laude. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas. Especialista en Ejercicio de la Función Fiscal Mención Honorífica Suma Cum Laude. Egresado del Programa de Formación Para el Ingreso a la carrera Fiscal ( Escuela Nacional de Fiscales del MP). Investigador y Conferencista. Litigante. Consultor Penal. Docente pre y postgrado. Telfs.: +58 (0412)973.30.05/(0414)320.11.86 roger@actualidadpenal.net

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