Imputabilidad

Prof. Roger LópezPorGrupo 5 no3a

Imputabilidad

Grupo 5 no3a

República Bolivariana de Venezuela
Ministerio para el Poder Popular y la Educación Universitaria
Pontificia Universidad Católica Santa Rosa
cátedra derecho penal 1
LA IMPUTABILIDAD
profesor Roger López
sección n03a
alumnos Grisel Sánchez
Jhonny Machado

Introducción
La imputabilidad es la capacidad que tiene una persona para ser considerada responsable, por un hecho pena que ha cometido.
Para que un sujeto sea considerado imputable debe existir dos capacidades Importantes, capacidad cognitiva ( entender) y capacidad volitiva (querer /controlar). Si una persona no es imputable el análisis se detiene y no se puede reprochar la conducta, es decir tener un control necesario para inhibir los impulsos.

Las causas de la imputabilidad son circunstancias específicas reconocidas por la ley que anulan la capacidad cognitiva y volitiva de una persona impidiendo que se pueda responsabilizar penalmente, los más comunes son: La minoría de edad, la anomalía o alteración psíquica grave y alteración de la conciencia

La imputabilidad es la capacidad que tiene una persona para ser considerada responsable penalmente por un hecho que ha cometido, no es un análisis del hecho en sí, Sino un análisis de las condiciones mentales y la madurez del autor en el momento de cometerlo.
Para que un sujeto sea considerado imputable debe poseer estas dos capacidades fundamentales, capacidad cognitiva (entender) la habilidad para comprender la naturaleza ilícita antijurídica de su acción, sabe lo que hace y sabe que está prohibido.
Capacidad volitiva (querer controlar) es la habilidad de dirigir su voluntad de acuerdo con esa comprensión, es decir tener el control necesario para inhibir los impulsos y optar por no cometer el delito Aunque desee hacerlo.

La imputabilidad es el presupuesto previo de la culpabilidad O Reprochabilidad, si una persona no es imputable el análisis se detiene y no se le puede reprochar su conducta.
Distinción con el término imputado es importante no confundir imputabilidad con imputado

imputabilidad es la capacidad de una persona para ser considerado responsable

el imputado es la persona a la que formalmente se le atribuye la comisión de un delito y en contra de la cual se inicia un proceso penal

causas de la imputabilidad

las causas de la imputabilidad son las circunstancias específicas reconocidas por la ley que anulan la capacidad cognitiva o volitiva de una persona impidiendo que se le pueda responsabilizar Penalmente , si ocurre una de estas causas del sujeto es declarado inimputable.

las causas más comunes en la mayoría de las legislaciones son:

La minoría de edad: la ley establece una edad Generalmente de 18 años por debajo de la cual Se presume que la persona no tiene la madurez suficiente para ser tratada como un adulto, en el sistema penal se le aplica una jurisdicción especial de menores

anomalía o alteración psíquica grave: se refiere a enfermedades mentales severas como psicosis, esquizofrenia o una discapacidad intelectual profunda como lo obligaría a ser grave, que impiden totalmente el sujeto comprender la ilicitud del hecho o actor, conforme a esa comprensión grave alteración de la conciencia de Estados temporales que anulan la capacidad mental siempre que no hayan sido provocados intencionalmente, para delinquir acto libera incausa,
El ejemplo clásico es la intoxicación plena por alcohol o drogas o Estados como sonóbulismo el efecto de una causa de imputabilidad, no es que no pasó nada sino que el autor no se le impone una pena de prisión pero sí se le puede imponer una medida de seguridad, como el internamiento en un centro psiquiátrico si se considera peligroso la imputabilidad disminuida.

La imputabilidad disminuida también conocida como eximente incompleta, es un punto intermedio ocurre cuando las causas de la inimputabilidad como una enfermedad mental o una intoxicación existen pero no solo son lo suficientemente graves como para anular completamente.

la capacidad de entender o de querer la persona sabía lo que hacía y podía controlarse pero le era mucho más difícil que a una persona promedio debido a su condición, ejemplo una persona con una discapacidad intelectual leve, como la oligofrenia leve del caso del tribunal supremo 968/2009 de 21 octubre o una persona bajo los efectos de una adicción grave, toxicomanía el efecto de la imputabilidad disminuida no es eliminar la pena sino reducirla significativamente actúa como una atenuante muy calificada.
los elementos de la reprochabilidad

la reprochabilidad es un sinónimo de culpabilidad, es el juicio de reproche que el estado Hace a un ciudadano por haber actuado en contra de la ley, pudiendo y debiendo haber actuado de forma diferente, para que exista este reproche se deben cumplir tres elementos estructurales

imputabilidad: es el presupuesto el sujeto debe tener la capacidad de entender y querer

conciencia de la antijuricidad: el sujeto debe saber O al menos tener la disponibilidad de saber que lo que estaba prohibido por la ley, Si una persona actúa bajo un error de prohibición invencible creía inicialmente que su conducta era legal, y no tenía forma de saber que no lo era no se le puede reprochar

Exigibilidad de otra conducta: este es el elemento clave del reproche, significado que en las circunstancias específica del caso la ley podía exigirle al sujeto que se comportará legalmente, si el sujeto actuó bajo una presión extrema que anulaba su libertad de decisión como una coacción O miedo no se le puede reprochar.

el elemento volitivo de la reprochabilidad

este concepto se refiere específicamente al componente de la voluntad o autocontrol dentro del primer elemento la imputabilidad.
en colación a lo anterior la imputabilidad tiene un lado cognitivo entender y un lado volitivo que es controlar el elemento volitivo, es por tanto la capacidad de frenar los impulsos y actuar conforme al mandato de la norma, Incluso si se tienen deseos contrarios cuando el elemento volitivo está afectado pero no anulado entramos en el terreno de la imputabilidad disminuida, el sujeto sabe que está mal y su cognición está intacta pero su capacidad de autocontrol está mermada, ejemplos claros de afectación del elemento volitivo son: trastorno de control de impulsos, reacciones bajos arrebato o obsesión y adicciones severas, en el análisis de la sentencia 968/ 2009 podemos apreciar que aunque utilizan terminología ligeramente distinta, ambos sistemas jurídicos España y Venezuela tratan el problema de la misma manera la diferencia no está en la ley sino en el grado de la afectación mental, el caso español de oligofrenia que analizamos no es un caso de imputabilidad sino de imputabilidad disminuida y Venezuela tiene una figura casi idéntica el tribunal supremo español, analizó el caso de una madre con oligofrenia leve moderada( edad mental de 6 a 7 años), acusada por no impedir los abusos sexuales contra su hija.

la comisión por omisión el hecho la corte determinó que su condición mental mermaba bastante, su capacidad volitiva y disminuía su capacidad cognitiva la decisión no la declaró inimputable, lo que habría sido una eximente completa y lo habría absuelto la figura aplicada aplicó una eximente incompleta lo que hoy conocemos como imputabilidad disminuida el resultado fue declarada culpable y responsable pero la pena se le atenuó o sea se le redujo de forma muy significativa en resumen España dijo usted Tenía algo de capacidad para entender y controlarse
aunque muy mermada por lo tanto no la podemos absolver pero sí castigarla mucho menos
En ambos países la oligo Premium en ambos países la oligofrenia o cualquier discapacidad intelectual no es automáticamente una causa de imputabilidad el tribunal debe analizar el grado de afectación en el momento del hecho para decidir si aplica la exclusión total de la pena o si da una atenuación
Conclusión para alguien para que alguien sea culpable penalmente primero debe ser imputable tener capacidad de entendimiento de lo ilícito y controlar sus actos si una causa de inimputabilidad como una enfermedad mental grave o La minoría de edad anula esa capacidad No hay pena si la capacidad no está anulada sino solo disminuida por ejemplo una enfermedad mental leve la persona es responsable pero su pena se reduce si la persona es plenamente imputable el tribunal realiza el juicio de reprochabilidad culpabilidad verificando además que el sujeto supiera que su acto era ilegal conciencia de la antijuricidad y que no estuviera en una situación extrema donde se le pudiera exigir otra conducta exigibilidad el elemento bioalitivo es la parte de la imputabilidad que se refiere específicamente al autocontrol del sujeto
Bibliografía 1 https// derechovirtual.org/ imputabilidad- ejemplos./.
2 código penal venezolano
3 https//vlex.es/vid/71476342

Sobre el autor

Prof. Roger López

Grupo 5 no3a administrator

Ex-asesor Jurídico del Magistrado Presidente del Circuito Judicial Penal Militar. Corte Marcial, Caracas. Abogado Mención Magna Cum Laude. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas. Especialista en Ejercicio de la Función Fiscal Mención Honorífica Suma Cum Laude. Egresado del Programa de Formación Para el Ingreso a la carrera Fiscal ( Escuela Nacional de Fiscales del MP). Investigador y Conferencista. Litigante. Consultor Penal. Docente pre y postgrado. Telfs.: +58 (0412)973.30.05/(0414)320.11.86 roger@actualidadpenal.net

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