La Educación como Política Criminal

PorProf. Roger López

La Educación como Política Criminal

Lic. Gervis Medina

Según Cohen, “La educación es un bien de inversión, y como tal, constituye una contribución relevante al desarrollo económico”. Toda inversión supone afrontar costos para obtener los beneficios esperados. De este modo el Estado aprovechará la inversión realizada en su propio beneficio, otorgando al individuo una educación que será de total contribución para el funcionamiento social.

El papel de la formación de individuos en la sociedad, se desarrolla a través de una triada perfecta integrada por la familia, la sociedad y el Estado. La educación y la formación académica son pilares fundamentales para la formación de nuestros chamos y chamas, por lo que, el Estado debe intervenir en mantener la base de la sociedad que es la Familia, garantizando los bienes y servicios esenciales para el desarrollo de la misma.

Entonces, el Estado venezolano debe invertir en el control social, usando un despliegue de tácticas y estrategias para buscar la legitimación y asegurar el consenso entre los integrantes de la sociedad y dejarse de pendejadas idealistas que están fuera de moda y establecer de una vez la Política Criminal.

Durante el desarrollo humano, lo individuos atraviesan por una serie de dificultades propias de la interacción social. Pero, se conoce que de las etapas de dicho desarrollo, la infancia y la adolescencia marcan el destino de cada individuo. La infancia y la adolescencia son etapas vitales, en la cual se experimentan cambios biopsicosociales donde el individuo busca su propia identidad convirtiéndolo así en una persona susceptible a cambios repentinos en su forma de actuar, está en contra de la injusticia y cree en la justicia, pero puede conseguir las cosas de la manera más fácil y no duda en hacerlo.

Solo los valores y normas que ha aprendido en la familia y de la escuela le permitirán  diferenciar entre lo que debe y lo que no debe hacer. En la misma, se irán atravesando diferentes etapas donde cada individuo las enfrentará de una manera única y particular de acuerdo a su individualidad síquica, a su historia, su familia  y el entono cultural.

La reacción social es una magnitud fundamentalmente valorativa, de aceptación o rechazo de ciertos comportamientos. Su extensión abarca desde la mera desaprobación y el control paterno de algunas conductas infantiles o juveniles inapropiadas; mediante regaños o castigos denominados control social informal; hasta los sistemas de justicia penal establecidos por la sociedad para los delitos llámense leyes penales, policía, tribunal denominado control social formal.

En Venezuela existe la necesidad de comprender la génesis de los comportamientos delictivos, se debe dirigir la atención  hacia dos conjuntos de elementos no delictivos; 1) toda aquellas conductas infantiles y juveniles problemáticas o antisociales que pueden ser predictores de la posterior delincuencia llamado “control previo criminal” (ausentismo escolar, violencia infantil, fugas del hogar y de la escuela. 2) hacia los diversos factores biopsicológicos y sociales de la conducta delictiva.

Además debe estar presente, el criminólogo en el ambiente escolar que permita, a través de sus conocimientos, optimizar el proceso de socialización de los niños, niñas y adolescentes, motivando la integración, participación y compromiso de los padres, representantes, personal escolar e integrantes de la comunidad en la educación de sus hijos. De esta manera se podría acceder al hogar desde las instituciones educativas a fin de promover la educación  como estandarte de la prevención de situaciones conflictivas o desviantes tanto en la escuela como en la familia.

El estado por el contrario, al invertir un gran capital en el “control social formal posterior”, que es el ejercido por las instituciones del sistema de justicia, seguridad policial o control, cuando el individuo comete un delito, estas instituciones son las encargadas de sancionarlo. Entonces éste es privado de libertad y pasa a ser una carga del Estado durante la estadía en el medio carcelario, donde hay esfuerzos de reeducarlo y reinsertarlo con la finalidad de integrarlo al sistema social.

Pero, ¿Cuáles son los resultados de esta reeducación? ¿Realmente se logra insertar al delincuente en la sociedad? ¿Por qué no se toman otras acciones? Como por ejemplo la educación, la formación académica y la prevención. Posiblemente esta situación podría dar más frutos si este presupuesto se invirtiese en educación escolar a los niños, algo que en la práctica de otros países sería más eficiente.

Se puede crear una política anti-delito mucho más efectiva a través de la educación en las escuelas, fortalecer a la familia como base de la sociedad, identificando desde temprana edad las conductas desviadas y  así evitamos decir que “Venezuela seguirá viviendo en miseria y pobreza hasta que no dejemos la indiferencia”.

Gervis Medina

Abogado-Criminologo

 

 

Sobre el autor

Prof. Roger López administrator

Ex-asesor Jurídico del Magistrado Presidente del Circuito Judicial Penal Militar. Corte Marcial, Caracas. Abogado Mención Magna Cum Laude. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas. Especialista en Ejercicio de la Función Fiscal Mención Honorífica Suma Cum Laude. Egresado del Programa de Formación Para el Ingreso a la carrera Fiscal ( Escuela Nacional de Fiscales del MP). Investigador y Conferencista. Litigante. Consultor Penal. Docente pre y postgrado. Telfs.: +58 (0412)973.30.05/(0414)320.11.86 roger@actualidadpenal.net

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