Sobre la Formulas Alternativas a la Prosecución Penal en los delitos de acción privada (admisión de hechos y acuerdos reparatorios). Abog. Roger López.
En el acto de celebración de la Audiencia de Conciliación (art. 400 COPP) se debe cumplir con todas las formalidades esenciales de ley, tal como la instrucción a la parte acusada sobre las fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, a los fines de garantizarle el debido proceso, la tutela judicial efectiva, la finalidad del proceso, así como las facultades y cargas de las partes, los cuales se encuentran previstos en los artículos 26 y 49 de la Carta Magna, y 13 y 402 del Código Orgánico Procesal Penal, respectivamente.
Ex-asesor Jurídico del Magistrado Presidente del Circuito Judicial Penal Militar. Corte Marcial, Caracas. Abogado Mención Magna Cum Laude. Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas. Especialista en Ejercicio de la Función Fiscal Mención Honorífica Suma Cum Laude. Egresado del Programa de Formación Para el Ingreso a la carrera Fiscal ( Escuela Nacional de Fiscales del MP). Investigador y Conferencista. Litigante. Consultor Penal. Docente pre y postgrado. Telfs.: +58 (0412)973.30.05/(0414)320.11.86 roger@actualidadpenal.net
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Roger José López Mendoza Espcialista en Derecho Penal. Docente Universitario. | ||||||||||||
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