Por: Roger López
Caracas, Venezuela.
El derecho a la defensa y el debido proceso enfrentan un nuevo y preocupante obstáculo en el terreno administrativo penitenciario venezolano. La reciente emisión de la Circular N° 004-06-2026, suscrita por la Dirección General de Regiones de Establecimientos del Sistema Penitenciario del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (MPPSP), introduce un protocolo de carácter obligatorio para el nombramiento de defensores privados dentro de los centros de reclusión. Bajo el argumento de “garantizar el debido proceso, la seguridad jurídica y la correcta validación de la identidad”, la circular impone una serie de filtros administrativos que, lejos de proteger al procesado, subordinan un derecho constitucional fundamental a la burocracia penitenciaria y amenazan con agravar el ya crítico retardo procesal en el país. Leer más
Por Roger Lopez.
RESUMEN.- Tema de vanguardia. De las actas que conforman el expediente, se pudo observar, que el abogado Jorge Eliécer Escalante Rodríguez ha actuado en la presente causa, desde el mismo momento en que se inició el juicio oral y público, como defensor privado del ciudadano XXXX, sin embargo, dicha cualidad no se demuestra en los autos, por cuanto no cursa inserta en los mismos, el acta respectiva. Esto es, aquella en la cual conste tanto la designación como el juramento del referido abogado, para cumplir dicho cargo, conforme con lo dispuesto en el artículo 141 del Código Orgánico Procesal Penal. La Sala anuló el fallo condenatorio por incurrir la jueza de la primera instancia en un error de orden público y repuso la causa al estado de celebrar nuevo juicio ante un tribunal diferente.
Naturaleza Jurídica de la Defensa Privada.
La defensa del imputado, cuando recae sobre un abogado privado, es una función pública y para poder ejercerla es impretermitible la prestación del juramento como solemnidad indispensable al objeto de alcanzar la plenitud de su investidura dentro del proceso penal. Como función pública inviste al defensor de un conjunto de poderes que están atribuidos al propio imputado, salvo que la autodefensa de éste, permitida ampliamente por la normativa procesal, perjudique la eficacia de la defensa técnica que desarrolle el profesional Leer más
La Legítima Defensa Vs Estado de Necesidad. (54.995)
Separación de Cuerpos y Bienes Con Apoderado Judicial. PREMIUM. (46.666)
Régimen aplicable a la Prisión Preventiva: SSC-TSJ N° 526° y 857°. (44.308)
La Admisión de los Hechos Vs el Cambio de Calificación Jurídica en fase de juicio oral. (36.593)Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
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