ATENCIÓN dueños de inmuebles.Resolución del contrato de opción de compra venta Vs la exigencia del agotamiento de la vía administrativa frente a cualquier medida de desalojo o pérdida de la posesión. Fallo reciente del 04/Julio/2016
MÁXIMA.- El efecto retroactivo que genera la resolución del contrato de opción de compra venta como resultado de su inejecución, se traduce en que las partes quedan en situación precontractual, por lo que los contratantes quedan en la misma situación jurídica como si el convenio jamás se hubiese celebrado.
MÁXIMA.- La exigencia del agotamiento de la vía administrativa frente a cualquier medida preventiva o ejecutiva, administrativa o judicial, que pudiese comportar la pérdida de la posesión, ocupación o tenencia de inmuebles destinados a vivienda antes de acudir a los órganos jurisdiccionales, constituye un requisito de admisibilidad sine qua non para acudir a la vía jurisdiccional, tal y como se prevé en el artículo 10 de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
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Roger José López Mendoza Espcialista en Derecho Penal. Docente Universitario. | ||||||||||||
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Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
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