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procesal Revista Digital

Prof. Roger LópezPorProf. Roger López

La Doble Conformidad y mi Acción de Nulidad ante el TSJ.

Roger López

Necesaria y breve introducción respecto a la institución de la Doble Conformidad.

La Doble Conformidad existe desde épocas muy antiguas, pero ha sido universalmente adoptada como garantía de seguridad individual y es propia de los sistemas modernos de derecho penal liberal. Fue acogida por el sistema anglosajón, como una garantía del imputado que prohíbe someterlo a un riesgo llamado doublé jeopardy, por tanto, la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, lo consagra como un derecho fundamental tendiente a evitar el riesgo de exponerlo doblemente a una condena por el mismo delito.

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Los vicios de inconstitucionalidad del Recurso de Apelación con Efecto Suspensivo

Roger López

NATURALEZA JURÍDICA DE LA DECISIÓN QUE ABSUELVE AL ACUSADO Y ORDENA SU INMEDIATA EXCARCELACIÓN

 1.- Naturaleza jurídica del auto que acuerda la prisión preventiva. 

Si se considera, como debe ser y lo sostiene la tesis procesalista, que la prisión preventiva es una medida cautelar de carácter procesal, no existirían problemas de compatibilidad con la presunción de inocencia y principio de libertad y, por tanto, solo nos preocuparíamos por los problemas de proporcionalidad de la medida, en cuanto, a garantía del imputado. Si por otro lado, es una pena, la prisión preventiva es incompatible con la presunción de inocencia y se aplicaría de manera automática.

La medida privativa de libertad que se decreta en contra del imputado en el proceso penal, se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 236 del COPP (2012), el cual dispone: Leer más

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Hacia la autonomía acusatoria de la víctima.

Por Abg. Esp. Mención Suma Cum Laude Roger López.

DEDICATORIA

A Dios, nada de esto sería posible sin ti en mi corazón. 
A mi esposa Patty, por ser mi mejor amiga, y el motor de todas las aventuras diarias en este proyecto que llamamos vida; eres mi fuente de inspiración, te amo.
A mis hijos Gabriel y Daniel, a pesar de que nos separa el Mediterráneo por razones ajenas a nuestra voluntad, son Uds. el mejor motivo para alcanzar todas las metas de mi existencia.
Al Dr. José Luis Tamayo Rodríguez, mi Escuela, mi maestro y mi mentor; ¡mi amigo incondicional!. 
A las víctimas de Violaciones de Derechos Humanos porque son fuente de inspiración a través de su sufrimiento que también es mío.

AGRADECIMIENTO
 A Dios padre, por su eterna e incondicional presencia, fortaleza y sabiduría.
A mi esposa e hijos, por ser y estar.
Al Ministerio Público. Ustedes tienen que ser la defensa de los DDHH.
A la Escuela Nacional de Fiscales, la casa que me recibió con los brazos abiertos. 
Al Dr. José Gregorio Viloria Ochoa por su apoyo, aportes y especial interés en este Ensayo. 
Al Dr. José Luis Vega, gran amigo por todo su apoyo.

Apertura jurisprudencial hacia la autonomía acusatoria de la víctima. Breve esbozo de un antes y un después. 

 INTRODUCCIÓN.

EL DERECHO DE LA VÍCTIMA A PRESENTAR ACUSACIÓN PENAL A PESAR DE LA SOLICITUD FISCAL DE SOBRESEIMIENTO O ARCHIVO FISCAL.

Por estrictas razones constitucionales, legales y de política jurídica, el diseño del proceso penal vigente en Venezuela desde 1998, se fundamenta en tres características que lo definen plenamente: acusatorio, adversarial y garantista. Siendo ello así, las partes deben contar con la oportunidad de acceso al proceso de un modo efectivo, como predican los Convenios y Pactos de Derechos Humanos (DDHH) y bajo un estándar procesal interno que asegure de manera eficaz la concreción de las dos operaciones cardinales del proceso penal: el ejercicio de la acusación por los legitimados activos y el ejercicio de la defensa por el justiciable y su defensor.

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La Admisión de los Hechos.

EL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS
(ALLANAMIENTO A LA IMPUTACIÓN)

Leonardo Pereira Meléndez

A la Dra. Raquel Rimer de Orellana,
con el cariño, respeto y la admiración de siempre.

El procedimiento por admisión de los hechos, figura procesal establecida en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, constituye lo que en otras legislaciones, se denomina el allanamiento a la imputación (Colombia), institución que está regulada en el Título IV del Libro Tercero de los Procedimientos Especiales, cuyos antecedentes se ubican en el Plea Guilty americano y lo que en España se menciona como “Conformidad”, aunque la aplicación de ambos procedimientos son disímiles a la situación procesal venezolana que analizamos. Leer más

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EL COPP: MITOS Y REALIDADES.

Por: Leonardo Pereira Meléndez*

Abogado caroreño. Doctorado en Jurisprudencia. Profesor de pre y postgrado de varias universidades del país. Doctorando en Ciencias Jurídicas en la Universidad del Zulia. Autor de varios libros de Derecho Procesal Penal. Director Ejecutivo del Foro Penal “Dra. Blanca Rosa Mármol de León”.

El Código Orgánico Procesal Penal Venezolano entró en vigencia el 1º de julio de 1999[1]; desde entonces, ha sido sometido a reformaciones en par de oportunidades. Cuando se derogó el vetusto Código de Enjuiciamiento criminal, muchos pensaron que se habían acabado los espasmódicos problemas de lentitud de la justicia, las tribus judiciales, y se argumentaba que los juicios serían más claros y transparentes; la situación cambió indubitablemente.

Pero, en mi modestísima opinión, no mucho. Leer más

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El conflicto venezolano, es entre el conocimiento y la ignorancia.

Lic. Gervis Medina

Está bien ser un poco ignorante, pero existen  algunas personas que abusan de este privilegio. Inicio esta reflexión con palabras de Gandhi “Cuando me desespero, recuerdo que a través de la historia, los caminos de la verdad y del amor siempre han triunfado. Ha habido tiranos, asesinos, y por un tiempo pueden parecer invencibles, pero al final, siempre caen”. ¡En definitiva! hay temas que se repiten y como se repiten, hace más de un año escribí, sobre “los cerrojos del Poder”; advirtiendo lo peligroso de las sentencias que emanan de los componentes del TSJ, quien viene desde hace rato, fungiendo como la “sastrería jurídica del Poder Ejecutivo”, debido a que le hace las sentencias y le reacomoda el camino, como un traje a la medida. Leer más

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La justicia Constitucional y los cerrojos del Poder en Venezuela.

Lic. Gervis Medina

¡En definitiva! hay temas que se repiten y como se repiten, hace un año escribí, sobre el “Neoconstitucionalismo venezolano” y “los cerrojos del Poder”; advirtiendo sobre lo peligroso de las sentencias que emanan de la Sala Constitucional del TSJ, quien viene desde hace rato, fungiendo como la “sastrería jurídica del Poder Ejecutivo”, debido a que le hace las sentencias como un traje a la medida. Así demostrando el descalabro político que devienen del Tribunal Supremo de Justicia, de quienes me he deslastrado desde el pasado 19 de diciembre de 2016, como abogado en manifestación de profundo rechazo, de lo que queda de país. Leer más

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