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Prof. Roger LópezPorProf. Roger López

Hacia la autonomía acusatoria de la víctima.

Por Abg. Esp. Mención Suma Cum Laude Roger López.

DEDICATORIA

A Dios, nada de esto sería posible sin ti en mi corazón. 
A mi esposa Patty, por ser mi mejor amiga, y el motor de todas las aventuras diarias en este proyecto que llamamos vida; eres mi fuente de inspiración, te amo.
A mis hijos Gabriel y Daniel, a pesar de que nos separa el Mediterráneo por razones ajenas a nuestra voluntad, son Uds. el mejor motivo para alcanzar todas las metas de mi existencia.
Al Dr. José Luis Tamayo Rodríguez, mi Escuela, mi maestro y mi mentor; ¡mi amigo incondicional!. 
A las víctimas de Violaciones de Derechos Humanos porque son fuente de inspiración a través de su sufrimiento que también es mío.

AGRADECIMIENTO
 A Dios padre, por su eterna e incondicional presencia, fortaleza y sabiduría.
A mi esposa e hijos, por ser y estar.
Al Ministerio Público. Ustedes tienen que ser la defensa de los DDHH.
A la Escuela Nacional de Fiscales, la casa que me recibió con los brazos abiertos. 
Al Dr. José Gregorio Viloria Ochoa por su apoyo, aportes y especial interés en este Ensayo. 
Al Dr. José Luis Vega, gran amigo por todo su apoyo.

Apertura jurisprudencial hacia la autonomía acusatoria de la víctima. Breve esbozo de un antes y un después. 

 INTRODUCCIÓN.

EL DERECHO DE LA VÍCTIMA A PRESENTAR ACUSACIÓN PENAL A PESAR DE LA SOLICITUD FISCAL DE SOBRESEIMIENTO O ARCHIVO FISCAL.

Por estrictas razones constitucionales, legales y de política jurídica, el diseño del proceso penal vigente en Venezuela desde 1998, se fundamenta en tres características que lo definen plenamente: acusatorio, adversarial y garantista. Siendo ello así, las partes deben contar con la oportunidad de acceso al proceso de un modo efectivo, como predican los Convenios y Pactos de Derechos Humanos (DDHH) y bajo un estándar procesal interno que asegure de manera eficaz la concreción de las dos operaciones cardinales del proceso penal: el ejercicio de la acusación por los legitimados activos y el ejercicio de la defensa por el justiciable y su defensor.

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