Nueva Sentencia. A mi juicio, una vez que la calificación jurídica ha sido admitida por el tribunal de control, y a su vez el acusado admite los hechos, si puede la Corte de Apelaciones entrar a revisar la calificación jurídica a través del recurso de apelación, pero sin agravar la situación jurídica del justiciable, en caso de que constaten un error en la calificación jurídica otorgada a los hechos por el tribunal de control.
MAXIMA.- Es potestad de los tribunales penales, cuando conocen un acto procesal, determinar la calificación jurídica de los hechos que le son sometidos a su conocimiento, tomando en cuenta para ello, los alegatos esgrimidos por las partes y las diligencias de investigación o medios probatorios que éstas aporten al proceso penal. En la determinación de la calificación jurídica, que no es más que la ejecución de la adecuación típica, los jueces penales están en el deber señalar, en forma fehaciente, cuál es la calificación jurídica que consideran que existe en el proceso penal, por lo que, en ese proceso de adecuación típica, pueden apartarse de la calificación jurídica establecida por el Ministerio Público, previo análisis de las diligencias de investigación o los medios probatorios aportadas por las partes.
Aquí todas las sentencias relacionadas con el cambio de calificación jurídica
Esp. Ccias. Penales y Criminológicas
El homicidio causado durante el curso de un robo de un objeto mueble es un HOMICIDIO CALIFICADO. Ello está contemplado en nuestro Código Penal vigente en el artículo 406 numeral 1º, en relación con el 405 (homicidio simple). Además este ha sido el criterio jurisprudencial pacífico y reiterado de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (fuente: 30 años de casación penal, del Dr. Freddy Díaz Chacón): Leer más
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Roger José López Mendoza Espcialista en Derecho Penal. Docente Universitario. | ||||||||||||
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Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
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