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EL Fiscal debe ser previsivo ante la omisión de pronunciamiento por parte del Juez de Control.
RESUMEN.- Me parece importante el estudio del presente fallo, por cuanto el mismo analiza la pasividad de la representación fiscal con relación al agravio producido en la fase intermedia del proceso por parte del Juez de Control, quien, según aquel, no se pronunció sobre la admisibilidad o no de los Leer más
Oferta Real. La incongruencia omisiva se encuentra aparejado con el deber del juez de decidir conforme a lo alegado por las partes
RESUMEN.- En este fallo, la Sala Constitucional estimó que la Sala de Casación Civil incurrió en el vicio de incongruencia omisiva, por lo que se vulneraron los derechos a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva previstos en el artículo 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a la sociedad mercantil Hotelera Sol, C.A; razón por la cual, en uso de su potestad exclusiva Leer más
Naturaleza Jurídica de las Notificaciones y Citaciones
MÁXIMA.- Esta Sala considera oportuno hacer una indicación general a los Tribunales de la República que conozcan de exhortos, cartas rogatorias o comisiones internacionales, en el sentido de que no deben confundir la notificación en juicio con la citación, por cuanto ambas instituciones son disímiles -sus regulaciones están previstas en forma separada en nuestro ordenamiento jurídico y tienen fines distintos- y siempre debe procederse, si se tratara de una citación, a acompañar a la compulsa los documentos que prevé nuestro ordenamiento jurídico, pues lo contrario entrañaría una amenaza al derecho a la defensa de quien es demandado en un país extranjero y que está residenciado en la República Bolivariana de Venezuela. Igualmente, deben sujetarse a los términos de la solicitud contenida en la comisión. Leer más
RESUMEN: En la presente causa, el procesado había vivido en el negocio del occiso, el cual, pasado cierto tiempo le reclamó la perdida de algunos objetos y, es después, cuando el procesado, se introduce a la referida quincalla, violando la reja y puerta de la entrada posterior del negocio e introduciéndose en el, cuando fue sorprendido por el propietario, a quien da muerte al propinarle varias heridas en la garganta con un cuchillo. El procesado, huye del sitio luego de ocultar el cadáver en el patio y de arrojar el arma homicida, saltando la cerca que protegía el establecimiento. Todos estos hechos, dados por probados por la recurrida, en nada hacen referencia al estado de embriaguez del procesado por lo que no se podría considerar dicha situación a los fines de su concatenación con los trastornos de personalidad por él padecidos.
Se plantearon dos denuncias por infracciones de ley, en la primera, se alegó la infracción de los artículos 62 y 63 del Código Penal, por falta e indebida aplicación, respectivamente, por cuanto la Corte de Apelaciones, al acoger el informe médico psiquiátrico, en el cual se dejó constancia de que el procesado, para el momento de cometer el hecho, estaba bajo los efectos de una embriaguez alcohólica y, al mismo tiempo presentaba una personalidad con trastornos psicológicos y cerebrales, lo cual altera su capacidad de autodeterminarse. Leer más
Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal
Veamos que tan altos son tus conocimientos