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Prof. Roger LópezPorProf. Roger López

Contumacia Vs Ausencia y Cualidad del Apoderado Judicial y/o Defensor Privado.

Sentencia comentada. “Mal pueden aquellos imputados contra quienes pesa prisión provisional u orden de detención, pretender a través de un tercero, interponer solicitudes o recursos cuando no se han puesto a derecho ante los órganos de justicia”. SSCP 326° del 05/08/2016

MÁXIMA.- Para poder demostrar la legitimidad en un proceso donde no existe una contraparte, es necesario consignar en original o copia autenticada el instrumento que lo acredite para actuar. Por lo tanto, es evidente que la solicitante en avocamiento, no acreditó la cualidad de “Apoderada Judicial”, requisito indispensable para proceder a la admisión de la presente solicitud de avocamiento. Además, señaló la solicitante que contra su representado pesa medida de privación judicial preventiva de libertad, constatándose que en la solicitud no se dejó constancia de que se haya puesto a derecho, con el objeto de darse por notificado de la aludida medida, nombrar su defensor de confianza y ejercer los medios de defensa que considere a su favor en el proceso penal instaurado en su contra. Leer más

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Resolución del contrato de opción de compra venta.

ATENCIÓN dueños de inmuebles.Resolución del contrato de opción de compra venta Vs la exigencia del agotamiento de la vía administrativa frente a cualquier medida de desalojo o pérdida de la posesión. Fallo reciente del 04/Julio/2016

MÁXIMA.- El efecto retroactivo que genera la resolución del contrato de opción de compra venta como resultado de su inejecución, se traduce en que las partes quedan en situación precontractual, por lo que los contratantes quedan en la misma situación jurídica como si el convenio jamás se hubiese celebrado.

MÁXIMA.- La exigencia del agotamiento de la vía administrativa frente a cualquier medida preventiva o ejecutiva, administrativa o judicial, que pudiese comportar la pérdida de la posesión, ocupación o tenencia de inmuebles destinados a vivienda antes de acudir a los órganos jurisdiccionales, constituye un requisito de admisibilidad sine qua non para acudir a la vía jurisdiccional, tal y como se prevé en el artículo 10 de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.

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Protegido: PRUEBAS. Nulidades e Incorporación ilícita de pruebas al proceso.

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Admisión de los hechos. Prohibición de cambiar la calificación jurídica

Nueva Sentencia. A mi juicio, una vez que la calificación jurídica ha sido admitida por el tribunal de control, y a su vez el acusado admite los hechos, si puede la Corte de Apelaciones entrar a revisar la calificación jurídica a través del recurso de apelación, pero sin agravar la situación jurídica del justiciable, en caso de que constaten un error en la calificación jurídica otorgada a los hechos por el tribunal de control.

Aquí el texto íntegro de la SSCP N° 235 del 16/06/2016

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Entrega de vehículos no identificados.

Entrega de vehículos no identificados. Iniciada una investigación por la presunta perpetración de unos hechos supuestamente punibles, puede resultar la retención o incautación de un vehículo automotor. Muchos son los casos en que el Juez de control niega la entrega del vehículo por el hecho de estar comprobada la falsedad del Certificado de Registro de Vehículo, porque las placas no registraban ante el INTTT, en fin, por cualquier causa o circunstancia que hace incierta la identificación del vehículo.

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Las Formulas Alternativas a la Prosecución Penal en los delitos iniciables a instancia de parte agraviada.

Sobre la Formulas Alternativas a la Prosecución Penal en los delitos de acción privada (admisión de hechos y acuerdos reparatorios). Abog. Roger López.

En el acto de celebración de la Audiencia de Conciliación (art. 400 COPP) se debe cumplir con todas las formalidades esenciales de ley, tal como la instrucción a la parte acusada sobre las fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, a los fines de garantizarle el debido proceso, la tutela judicial efectiva, la finalidad del proceso, así como las facultades y cargas de las partes, los cuales se encuentran previstos en los artículos 26 y 49 de la Carta Magna, y 13 y 402 del Código Orgánico Procesal Penal, respectivamente.

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Derecho Adjetivo y Sustantivo Penal

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