Archivo de etiquetas cualidad de víctima

PorProf. Roger López

La Parte Querellante 1.

Cualidad de parte querellante de la víctima (ver mis comentarios opuestos al voto salvado).

HECHOS.- El tribunal de juicio, en el acto de apertura del juicio oral y público, permitió la participación de la víctima a través de su apoderado judicial quien se había adherido a la acusación que presentó el representante del Ministerio Público, sin haberse querellado y haber presentado una acusación particular propia.

MÁXIMA.- De acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 122 y 327 del Código Orgánico Procesal Penal, la víctima mantiene dicha condición aun cuando no se haya querellado o presentado acusación propia y tendrá participación en el proceso, en los términos previstos en el ordenamiento jurídico, es decir, que su actuación sin perder tal cualidad será menos protagónica cuando no haya cumplido con tales postulados. Leer más

PorProf. Roger López

La Prescripción de la Acción y el Daño.

Comentada.-

Actualizamos el presente Post, en virtud que, en su más reciente decisión N° 386 de fecha 25/11/2022, la Sala de Casación Penal (SSCP-TSJ) ratificó su criterio asentado  en la sentencia N° 157 del 25/05/2022, según el cual, es necesario que, en las decisiones que declaran el sobreseimiento de la causa por extinción de la acción penal, por haber prescrito la misma, se determine la autoría o la participación, respectivamente, en el delito, sin que ello signifique que se está condenando al acusado a cumplir una determinada pena. Es decir, conforme al artículo 113 del Código Penal, la responsabilidad civil nacida del delito no se extingue por el hecho de que opere la prescripción de la acción penal o ius puniendi e, inclusive, la pena, sino que, permanece como cualquier obligación civil, con lo cual, es necesario la determinación del injusto penal, sin que ello suponga la imposición de una sanción. Leer más

PorProf. Roger López

Nueva Consideración Acerca del Poder Especial Otorgado por la Víctima.

HECHOS: AMPARO CONTRA DECISIÓN JUDICIAL. La víctima ejerció la acción extraordinaria de amparo constitucional en contra de la decisión dictada por la Sala 3 de la Corte de Apelaciones de Caracas, por haber vulnerado su derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva, ya que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por sus apoderados judiciales, con base en una supuesta FALTA DE LEGITIMIDAD, a pesar de constar en autos el poder especial autenticado que les había otorgado.

A tal efecto, la Sala señaló:

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PorProf. Roger López

Protegido: Reparación del daño e indemnización de perjuicios en el proceso penal.

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