procesal Fallos Comentados

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Oposición a las medidas de coerción patrimonial en el proceso penal.

Por Abog. Roger López. Breves consideraciones acerca de las medidas de coerción patrimonial

El siguiente artículo tiene como propósito sugerir a los profesionales del derecho, hacer uso de la vías legales ordinarias antes de intentar el recurso de apelación y luego la acción de amparo constitucional, en contra de las decisiones dictadas por el Tribunal de Control cuando, con base al artículo 518 del Código Orgánico Procesal Penal se impongan en contra del imputado medidas de coerción patrimonial, como por ejemplo la inmovilización total de sus cuentas bancarias y de las tarjetas de crédito. Leer más

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Admisión de los hechos. Prohibición de cambiar la calificación jurídica

Nueva Sentencia. A mi juicio, una vez que la calificación jurídica ha sido admitida por el tribunal de control, y a su vez el acusado admite los hechos, si puede la Corte de Apelaciones entrar a revisar la calificación jurídica a través del recurso de apelación, pero sin agravar la situación jurídica del justiciable, en caso de que constaten un error en la calificación jurídica otorgada a los hechos por el tribunal de control.

Aquí el texto íntegro de la SSCP N° 235 del 16/06/2016

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Naturaleza Jurídica del Acto de Reconocimiento de Imputado.

Por Roger López.

Naturaleza jurídica y medio de impugnación del Acto de Reconocimiento del Imputado en rueda de indivíduos.

HECHOS.- El acto de reconocimiento en rueda de individuos se hizo vía skype, medio y forma con la cual estaba en desacuerdo, y con unos testigos del cual denunció no existía la posibilidad de realizar el control y contradicción de la prueba, por ser los agentes encubiertos.

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EL Recurso de Interpretación y La Cosa Juzgada.

Por Roger López.

¿A quién le compete interpretar las normas de rango constitucional y las normas de rango legal?.

La Cosa Juzgada 

SSCP relacionada del 15/enero/2015  7  SSCP Nº 76 del 23/02/2017

De acuerdo con el texto constitucional, el Tribunal Supremo de Justicia es competente para conocer de “…los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, en los términos contemplados en la Ley” (numeral 6 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela). Como se observa, la Constitución no señala cuál es la Sala que puede conocer del recurso de interpretación. Leer más

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Criterios de inconstitucionalidad del Efecto Suspensivo.

comentada por el Abogado Roger López 

HECHOS.- En la Audiencia de Flagrancia el MP presentó al imputado por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual A Adolescente, solicitando al término de la prisión provisional. La Jueza de Control, declaró sin lugar dicha petición y en su lugar acordó medidas cautelares. Contra dicha decisión, la Representación Fiscal ejerció el “RECURSO DE APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO”

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Crisis del Principio de Afirmación de Libertad.

La “Crisis” del “Principio de Afirmación de Libertad”.

Inconstitucionalidad del “Efecto Suspensivo del Recurso de Apelación”.

  1. El artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela impone a todos los jueces de la República, en el límite de sus competencias, la obligación de dar cumplimiento a la Constitución y a la Ley, así como de aseguramiento de la integridad de la Carta Magna. De esa forma, en caso de incompatibilidad entre el Texto Fundamental y una Ley u otra norma jurídica, “se aplicarán las disposiciones constitucionales, correspondiendo a los tribunales en cualquier causa aún de oficio, decidir lo conducente”. En el mismo sentido, el artículo 20 del Código de Procedimiento Civil preceptúa que “cuando la ley vigente, cuya aplicación se pide, colidiere con alguna disposición constitucional, los jueces aplicarán ésta con preferencia”. En similares términos se extiende la letra del artículo 19 del Código Orgánico Procesal Penal.
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