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Todo Penal

Prof. Roger LópezPorProf. Roger López

¿Existe precaria formación en los Profesionales del Derecho?

El 12 de diciembre de 2000, el ciudadano HERMANN ESCARRÁ MALAVÉ, titular de la cédula de identidad n° 3.820.195, en su propio nombre interpuso “Recurso de Interpretación” alegando que el CNE , la Asamblea Nacional y los medios de comunicación, tenían textos distintos, de la Constitución Nacional aprobada en referendo popular.
El referido Recurso feneció por falta de actividad del recurrente, es decir no realizó actividad procesal más allá de introducirlo y declarar a los medios, y en consecuencia fue declarada EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Leer más

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Lapso de caducidad para ejercer el Retracto Legal Arrendaticio

Manifiesta el impugnante en defensa de la sentencia recurrida, que la notificación exigida por la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios a los fines del ejercicio del derecho de retracto, debe ser cierta y mediante documento auténtico, lo que no ocurrió en el caso de autos.

Aduce que aunque se haya indicado en el contrato de arrendamiento que el inmueble era propiedad de Gerarda Antonia Cariello Celli y aunque los recibos de pago del canon de arrendamiento se hayan emitido por esta a título personal, ello no exime el deber de notificación ni implica una notificación tácita o presunta.

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DRONES.

Resolución emanada del MPPP La Defensa para obtener la autorización de vuelos DRONES.

Resolución Nº 014412, mediante la cual se establecen los lineamientos y procedimientos que debe efectuar el interesado(a) para obtener la autorización de la operación de vuelo de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia “RPAS conocidos como “DRON” o “DRONE”, en el territorio nacional y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela. Leer más

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Consideraciones doctrinales acerca del allanamiento.

NOTAS SOBRE EL ALLANAMIENTO

La primera parte del artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, preceptúa que: “El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir, de acuerdo con la ley, las decisiones que dieren los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano

De la lectura del dispositivo anterior, podemos concluir que existe una proscripción absoluta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de ingresar a un inmueble que sirva, en principio, de residencia a una persona, si antes, no cuenta con la autorización expedida por un Juez tal autorización, no es otra que la orden de visita domiciliaria u orden de allanamiento.

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Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital

TSJ crea la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital con competencia territorial, además de Caracas, los Estados Miranda y Vargas.

Resolución N° 2016-0013, mediante la cual se le asigna a la Corte de Apelaciones competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, cuya sede se encuentra ubicada en la ciudad de Caracas, además de la competencia territorial que tiene asignada en el Área Metropolitana de Caracas, la competencia para conocer en Segunda Instancia de las causas que por delitos de Violencia Contra la Mujer conozcan los Juzgados de Primera Instancia con la misma competencia de las Circunscripciones Judiciales de los estados Bolivarianos de Miranda y Vargas. Leer más

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Ocho consejos para hacer un buen interrogatorio

Ocho consejos para hacer un buen interrogatorio

Un buen interrogatorio incluye una lista larga de elementos y crecerá a medida que usted se perfeccione en el uso de ese arte. Los principales, que consideramos en esta introducción a lo que constituye un procedimiento sumamente complejo son: control, velocidad, memoria, sintaxis, lógica, momento oportuno, actitud y conclusión.

1. Control

Un interrogador tiene que controlar a su testigo muy de cerca, sin dejarle ninguna escapatoria, como eludir las respuestas difíciles con descripciones largas, calculadas para distraer, también tiene que controlar la dirección y el ritmo del interrogatorio. Leer más

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Naturaleza Jurídica del “Antejuicio De Mérito”.

¿QUÉ ES EL ANTEJUICIO DE MÉRITO?

Doctor José Luis Tamayo Rodríguez.

De conformidad con la disposición prevista en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, el antejuicio de mérito es un procedimiento penal especial que, instaurado en virtud de la querella del Fiscal General de la República y conducido por el principio del contradictorio, tiene por objeto declarar la certeza de si hay o no mérito para el enjuiciamiento de los altos funcionarios del Estado a los que se refiere el ordenamiento constitucional de la República; en consecuencia, la disciplina normativa acerca del antejuicio de mérito debe ser interpretada a la luz del nuevo orden constitucional, y es así,  que la querella fiscal debe fundarse en prueba suficiente, motivo por el cual su instauración debe ser precedida por una actividad de investigación, conducida por el Ministerio Público, durante cuyo desarrollo debe respetarse íntegramente al imputado su derecho constitucional a la defensa, a tenor de la disposición prevista en el artículo 49, ordinal 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la forma y condiciones previstas en el Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido, el juicio sobre la prueba debe constituir el fundamento principal de la determinación acerca de si hay o no mérito, es decir, acerca de si hay o no lugar al enjuiciamiento. Leer más