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RESUMEN: La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 11/02/2021, ratificó el criterio y valor probatorio de las constancias de residencias emanadas de los consejos comunales, conforme a el artículo 29, numeral 10 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, dejando sentado que conforme a la naturaleza jurídica de los consejos comunales “son instancias esenciales integradas al marco constitucional de la democracia participativa y protagónica de participación, para la articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social (ex artículo 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales)”. Leer más
Importantes aportes del sistema acusatorio penal en entrevista sostenida con el Dr. José Luis Tamayo Rodríguez.
Los abogados de mayor experiencia reconocen que la mayoría se ganan en función de la propia estrategia que la parte logre concretar y no de las debilidades de la otra parte. En consecuencia, los interrogatorios efectivos son aquellos que de manera clara y lógica demuestran los hechos y por ello son capaces de ejercer una influencia decisiva en el resultado del juicio. Leer más
El abogado Francisco Barrionuevo argumenta que en la proliferación de las macrocausas subyace la aplicación del “derecho penal del enemigo”. Y explica porqué.
“Grosso modo, el derecho penal del enemigo representa realmente una involución, ya que conculcan los derechos humanos recogidos en la Carta Magna”.
A tenor de la proliferación de macrocausas (ERE, Mercasevilla, cursos de formación, Invercaria, Isofotón, etc.), lo que subyace es la aplicación de lo que algunos académicos juristas han acordado en llamar como “derecho penal del enemigo”, que en realidad es la aplicación del derecho penal de autor, incompatible con el principio de legalidad y, por ello, inaceptable en un Estado de Derecho. Leer más
A continuación veremos algunos de los numerosos consejos que el mítico juez del Tribunal Supremo yanqui, Antonin Scalia, repartió a lo largo de sus casi 30 años de trayectoria judicial, hasta su repentino fallecimiento en 2016 a los 79 años.
Como en una película de Scorsese, Antonin ‘Nino’ Scalia era hijo de un matrimonio de inmigrantes sicilianos de la ciudad de Nueva York, y se crió en un ambiente católico e “intelectualmente desafiante”, es decir, un entorno de discusión, sacándole punta a cualquier cuestión y, sobre todo, aprendiendo ese noble arte de convencer con el poder de la palabra. Leer más
Visto que. en el caso sub lite al momento del acto de individualización aportó su domicilio, a saber: Calle IV, Casa N° 12 Urbanización Boyacá II, en Barcelona, Estado Anzoátegui, y máxime cuando la fase de investigación concluyó y fue presentada formal acusación en contra del ciudadano XXX, desvirtuándose con ello el peligro a la obstaculización del proceso penal seguido en su contra. Esta Sala Constitucional considera que las resultas del proceso pueden ser satisfechas con una medida de coerción personal menos gravosa, tomando en consideración la presunción de inocencia y el estado de libertad que asiste al imputado de autos. Advirtiéndose que el referido ciudadano es abogado en ejercicio como medio de subsistencia, presentando arraigo en el país, ante la inexistencia en autos de alguna circunstancia que permitan inferir que el referido ciudadano se evadirá del proceso penal seguido en su contra.
MÁXIMA.- La excepción de falta de jurisdicción de los tribunales venezolanos frente a los tribunales extranjeros, sólo será recurrible mediante la regulación de la jurisdicción ante la Sala Político Administrativa, conforme al artículo 56 del COPP. El único medio recursivo es la regulación de la jurisdicción ante la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal.
MÁXIMA.- Es menester destacar que la jurisdicción del Poder Judicial para conocer de una causa es un asunto de preeminencia ya que de esta circunstancia dependerá la continuación o no del proceso en territorio venezolano. De allí que deba ser resuelta con carácter de prejudicialidad sobre las demás excepciones, no dividiéndose la causa sino suspendiéndose hasta tanto se resuelva la regulación de la
jurisdicción, tal como ocurre –salvo ciertas excepciones- en materia civil por disposición expresa de los artículos 62 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, se deberá interponer la regulación primero, quedando suspendido el lapso para la interposición del recurso de apelación respecto de las demás excepciones hasta que ésta sea resuelta. Leer más