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Todo Penal

Prof. Roger LópezPorProf. Roger López

Sociedad de Defensa Social

Actualizado como se halla en Venezuela el tema de la inseguridad personal, es oportuno invocar la ciencia criminológica en algunas de sus posturas históricas universales pera acercarnos al grave problema delictivo nacional.

Ya casi para llegar a la segunda mitad del pasado siglo, en 1947 exactamente, el maestro Filippo Gramático en Italia y el sabio Marc Ancel en Francia, crearon un movimiento criminopenal que llamaron Sociedad Internacional de Defensa Social, y que en fecha más reciente, en 1996, ha añadido a esa nominación la consigna “Por una Política Criminal Humanista”. Leer más

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La criminología interaccionista

La criminología interaccionista o de la reacción social o del Labeling approach, aparecida en la segunda mitad del siglo XX, es conocida también como la teoría del etiquetamiento y hasta del estereotipo. Su planteamiento central es que la sociedad, la audiencia social, le asigna fórmulas de identificación a las personas. Son las etiquetas, que pueden ser positivas o negativas.

Una etiqueta positiva es la de trabajador, la de honesto, inteligente, responsable. Una etiqueta negativa, por el contrario, es la de ex recluso, la de vago. Son clisés, estereotipos favorables o estigmatizantes. Leer más

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El penitenciarismo de Ramón J. Velásquez

ActualidadPenal. Elio Gómez GrilloRamón J. Velásquez fue periodista, escritor, historiador e hizo historia en su vida, fue político y ejerció sabiamente la máxima autoridad de presidente de la República y del Congreso Nacional. Además, con verdadera grandeza, hizo periodismo relevante.
En materia penitenciaria, fue el presidente honorario de la Sociedad de Amigos del Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios (Iunep). Durante su gestión presidencial en los primeros años de la década de 1990, colaboró amplia y noblemente con ese instituto que acababa de nacer.
Como fundador de ese plantel, recuerdo que en los días decembrinos de 1992 hubo alguna retención oficial en los pagos del personal y de los servicios correspondientes del instituto y el doctor Velásquez, al asumir la presidencia, ordenó la cancelación inmediata de esos salarios y de esos servicios.
Posteriormente, en su condición de presidente honorario de la Sociedad de Amigos del Iunep, asistió al acto inaugural de la Cátedra Libre de Estudios Penitenciarios en el Instituto Pedagógico de Caracas. Como Presidente de la República, apoyó la existencia de esa cátedra libre.
Estas son algunas de las nobles expresiones públicas a favor de un buen penitenciarismo en Venezuela que ocupó la atención de ese insigne venezolano que fue el doctor Ramón J. Velásquez.
Sus iniciativas e intervenciones a favor de nuestro penitenciarismo no son precisamente frecuentes en la historia judicial y política de la justicia penal venezolana. Secularmente, las máximas autoridades venezolanas han sido indiferentes ante la problemática penitenciaria del país. La noble excepción que han significado las iniciativas del doctor Ramón J. Velásquez ojalá y sean proseguidas e imitadas por nuestros máximos poderes públicos.
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¿Cómo tipificaría usted la muerte causada en el curso de la ejecución de un robo de vehículo?

Autor: Abogado ROGER LÓPEZ

Esp. Ccias. Penales y Criminológicas 

El homicidio causado durante el curso de un robo de un objeto mueble es un HOMICIDIO CALIFICADO. Ello está contemplado en nuestro Código Penal vigente en el artículo 406 numeral 1º, en relación con el 405 (homicidio simple). Además este ha sido el criterio jurisprudencial pacífico y reiterado de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (fuente: 30 años de casación penal, del Dr. Freddy Díaz Chacón):  Leer más

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“El Sistema Penitenciario Teleológico”

Por Abogado Roger López.

“El Sistema Penitenciario Teleológico”

INTRODUCCIÓN.

         Dentro del ámbito de la política criminal y su vinculación con el sistema penitenciario, se hace necesario estudiar y conocer la Ley de Régimen Penitenciario, ya que el tema carcelario en relación con la convivencia social es fundamental, en virtud del cual, nosotros como ciudadanos coasociados hemos delegado el ius puniendi al Estado. Por esta razón dedicaré este trabajo a comentar los aspectos más importantes de esta Ley. Leer más

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Protegido: Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos y el Cambio de Calificación Jurídica. Vinculante.

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En el procedimiento especial por admisión de hechos, las Cortes de Apelaciones no pueden agravar la situación jurídica del justiciable, con una nueva calificación jurídica que aumente la pena impuesta.

ACTUALIDADPENAL.NETAquí, todas las sentencias relacionadas al tema (admisión de los hechos)

RESUMEN: En esta Sentencia N° 545 del 04/08/2015, la Sala Penal fija un “precedente jurisprudencia” de protección al derecho a la defensa que limita a la Corte de Apelaciones a no agravar la situación jurídica del justiciable, en caso de que constaten un error en la calificación jurídica otorgada a los hechos por el tribunal de control, cuya nueva calificación jurídica aumentaría la pena impuesta, por lo que se interpreta, a contrario sensu, que la Corte de Apelaciones, pueden hacer cambios de calificación jurídica in bonus, es decir menos gravosas, que rebajan la pena y no la aumentan, pero bajo la modalidad de una decisión propia, sin necesidad de que otro tribunal de control corrija dicha calificación jurídica, sino que la propia Corte de Apelaciones corrija el error en la calificación jurídica más benigna al enjuiciable, precisamente porque este supuesto no merma el derecho a la defensa. Leer más